El Supremo concluye que el domicilio constituye un elemento patrimonial productivo que debe incluirse en el cálculo del límite del 60% de renta y patrimonio porque, a su juicio, es «susceptible» de generar rendimientos en el IRPF. Leer
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El Supremo concluye que el domicilio constituye un elemento patrimonial productivo que debe incluirse en el cálculo del límite del 60% de renta y patrimonio porque, a su juicio, es «susceptible» de generar rendimientos en el IRPF. Leer