Las deducciones por adopción ayudan a pagar menos en la declaración del IRPF, y muchas comunidades autónomas las mantienen activas en la campaña de la Renta 2024.
Se aplican por hijo adoptado, tanto en el ámbito nacional como internacional, y en algunos casos pueden alcanzar los 900 euros. La mayoría de estas deducciones son autonómicas, por lo que dependen del lugar de residencia habitual del contribuyente. Aquí repasamos algunas de ellas en detalle.
Deducciones por adopción en Madrid
Madrid permite deducir 721,70 euros por cada hijo adoptado, tanto en el ámbito nacional como internacional. Esta deducción puede aplicarse durante los tres primeros años desde la adopción, siempre que se conviva con el menor y se comparta domicilio fiscal.
Para acceder, los ingresos no deben superar los 30.930 euros en la declaración individual, 37.322,20 euros en conjunta, ni 61.860 euros entre todos los miembros de la familia. En adopciones internacionales, se exige acreditar el proceso.
Si se cumplen los requisitos, se pueden combinar ambas deducciones, lo que supone un ahorro extra en caso de adopciones diferentes.
Deducciones por adopción en Catalunya
Catalunya permite deducir hasta 300 euros por hijo adoptado en el año en que se formaliza la adopción, nacional o internacional. El importe se descuenta directamente de lo que saldría a pagar en la parte autonómica del IRPF.
Para aplicarla, es necesario residir habitualmente en Catalunya y cumplir los requisitos de la normativa autonómica. Se puede sumar a otras ayudas, como las de viudedad o si se han tenido varios pagadores.
Aunque no es de las más elevadas, sigue siendo útil y puede mejorar el resultado de la declaración al sumarse a otras deducciones estatales y autonómicas.
Deducciones por adopción en Comunitat Valenciana
La Comunitat Valenciana permite deducir 300 euros por hijo adoptado, aplicables en el año de la adopción y los dos siguientes. Es válida para adopciones nacionales e internacionales.
Se exige residencia habitual en la comunitat y cumplir con los requisitos de renta autonómicos. Esta deducción puede combinarse con otras, como las de conciliación, educación o tratamientos de fertilidad.
Aunque el importe no es de los más altos, poder aplicarla durante tres años seguidos supone un apoyo relevante para muchas familias.
Castilla y León
La deducción varía según el orden del hijo y el lugar de residencia. En general, en zonas urbanas se pueden deducir 1.010 euros por el primer hijo adoptado, 1.475 por el segundo y 2.351 a partir del tercero.
En el caso de residir en un municipio con menos de 5.000 habitantes, los montos aumentan hasta 1.420, 2.070 y 3.300 euros respectivamente. Además, si el hijo adoptado tiene una discapacidad igual o superior al 33%, el ahorro se duplica, tanto en zonas urbanas como rurales.
Galicia
Galicia permite desgravar por hijo adoptado entre 300 y 2.400 euros, según los ingresos y el número de hijos. Para rentas de hasta 22.000 euros, la deducción es de 360 euros por el primer hijo, 1.200 por el segundo y 2.400 a partir del tercero. Para rentas superiores, el importe es de 300 euros por hijo.
Los valores se incrementan un 20% al residir en un municipio con menos de 5.000 habitantes o en uno surgido de una fusión municipal. También se duplican si el hijo adoptado tiene una discapacidad igual o superior al 33%.
Esta desgravación puede aplicarse también en los dos años siguientes a la adopción, y si el menor convive con ambos progenitores, cada uno tiene la posibilidad de aplicar la mitad del importe en su declaración.
Andalucía
Andalucía permite reducir 200 euros por cada hijo adoptado (simple, permanente o preadoptivo). No hace falta convivir con el menor, y si fallece ese año, no se pierde la ayuda. En caso de residir en un municipio despoblado, la deducción sube a 400 euros. Además, en adopciones o acogimientos múltiples, se suman 200 euros extra por menor.
El límite de la renta es 25.000 euros en declaración individual y 30.000 en conjunta. La deducción se divide si los dos progenitores tienen derecho.
En la adopción internacional se descuentan 600 euros por hijo inscrito en el Registro Civil. En este caso, el tope de renta sube a 80.000 euros (individual) o 100.000 euros (conjunta). No se puede sumar con otras ayudas por ese mismo hijo, como la de familia numerosa.
La Rioja
En el caso del primer hijo se pueden desgravar 600 euros, 750 para el segundo, y 900 para el tercero y sucesivos, con 60 euros más por cada hijo en caso de adopciones múltiples. Debe haber nacido o sido adoptado ese mismo año y convivir con la persona que hace la declaración a finales de diciembre.
Si los dos progenitores tienen derecho y hacen la declaración por separado, el importe se reparte por igual. En tributación conjunta, se aplica a ambos. Es importante saber que se tienen en cuenta todos los hijos que tenga la persona que hace la declaración, independientemente de su lugar de residencia, estado civil o cualquier otra circunstancia.

Castilla -La Mancha
En esta comunidad, se pueden deducir 100 euros por cada hijo adoptado en el caso de un parto o adopción de un solo hijo. Si son dos, la desgravación asciende a 500 euros, y en caso de tres o más hijos, será de 900 euros.
Los ingresos no pueden pasar de los 27.000 euros si se hace la declaración por separado o 36.000 euros si se hace en conjunto.
En caso de que dos o más contribuyentes tengan derecho a la deducción por los mismos hijos y alguno no cumpla con el requisito de la base imponible, el valor a desgravar se repartirá entre los contribuyentes restantes siguiendo las normas que aplican en estos casos.
Baleares
En Islas Baleares, la deducción es de 800 euros por el primer hijo, 1.000 por el segundo, 1.200 por el tercero y 1.400 euros por el cuarto y siguientes. Los hijos deben convivir con el contribuyente a final de año (fecha en la que se cierra el ejercicio fiscal).
Los límites de renta son 33.000 euros si se declara por separado y 52.800 euros si se hace en conjunto. Para familias numerosas o monoparentales con dos o más hijos, los límites son 39.600 euros en tributación individual y 63.360 euros en tributación conjunta.
Si hay dos contribuyentes con derecho a la deducción y no optan por tributación conjunta, se reparte el ahorro por igual. Si se hace en conjunto, se suman las deducciones correspondientes a cada uno.
La deducción solo se aplica en el año en que la adopción se inscribe en el Registro Civil y no es compatible con otras ayudas públicas por nacimiento de la Comunidad Autónoma.
Canarias
Por cada hijo adoptado en el periodo impositivo que conviva con el contribuyente, la deducción es de 265 euros para el primero o segundo hijo, 530 para el tercero, 796 para el cuarto y 928 para el quinto o sucesivos.
Si el hijo tiene una discapacidad física, psíquica o sensorial igual o superior al 65% y ha convivido con el contribuyente desde su adopción hasta el final del período impositivo, se podrá sumar otra deducción de 600 euros para el primero o segundo hijo con discapacidad o 1.100 para el tercero o sucesivos, siempre que los anteriores hijos con discapacidad sobrevivan.
Para beneficiarse de la deducción, la suma de la base imponible general y la del ahorro no debe superar los 45.500 euros si se tributa de forma individual, o los 60.500 euros en caso de tributación conjunta. Si ambos progenitores tienen derecho a la deducción y no tributan conjuntamente, el importe se repartirá entre ellos por igual. Se entiende que los hijos viven con el contribuyente, incluso si están en centros especializados.
Cantabria
En Cantabria, se pueden desgravar 1.400 euros por adopción de hijos, válida en el ejercicio en que se produzca el nacimiento o adopción y en los dos siguientes. Para acceder, las adopciones deben haberse producido a partir del 1 de enero de 2024.
Si se realiza la declaración de forma individual, la deducción se prorratea a partes iguales entre los adoptantes. Además, es compatible con la deducción por maternidad y con la deducción por cuidado de familiares cuando se refiera a hijos menores de 3 años con un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
En otros casos, ambas deducciones son incompatibles en el año de adopción y en los dos ejercicios posteriores.
Ahora que ya sabes cómo se aplican las deducciones por adopción en la renta, conviene comprobar si puedes beneficiarte de alguna en tu comunidad autónoma.
Revisa cada comunidad antes de presentar la Renta
Las deducciones por adopción en la Renta 2024 pueden suponer un ahorro relevante, especialmente en comunidades como Madrid, Castilla y León o Comunidad Valenciana. La clave está en conocer bien las condiciones de cada comunidad y ver si se cumplen todas las condiciones.
Revisar bien las deducciones autonómicas antes de aceptar el borrador puede traducirse en un importante ahorro fiscal. Si hay dudas, puede consultarse directamente con la Agencia Tributaria o en los portales tributarios autonómicos.
La entrada Deducciones por adopción en la renta: lo que debes saber aparece primero en Declaracion de la Renta.
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